Mercancías peligrosas

Comercio, logística y transporte

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Clase 9

Materias y objetos peligrosos diversos

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Este tipo de materias engloban a aquellas que presentan un tipo de peligro diferente al del resto de clases.

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1) Definiciones

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La “pila de litio” engloba a todas las pilas y baterías que contengan litio. Son materias de la clase 9, salvo que se cumpla las siguientes condiciones de exención:

a) Cada tipo de pila o de batería satisface los ensayos del Manual de Pruebas y Criterios, parte III, subsección 38.3:

- Prueba de simulación de altitud (se simula el transporte aéreo en condiciones de baja presión).

- Prueba térmica (se aplican variaciones de temperaturas rápidos y extremos para comprobar las conexiones y el sellado).

- Prueba de vibración (se intenta simular la vibración durante el transporte).

- Prueba de choque (se intenta simular impactos durante el transporte).

- Prueba de cortocircuito externo.

- Prueba de impacto.

- Prueba de sobrecarga.

b) Cada pila y cada batería dispondrá de un dispositivo de protección para las sobrepresiones internas o tener un diseño que garantice un posible estallido.

c) Las pilas y las baterías deben ir equipadas con un dispositivo eficaz para prevenir cortocircuitos exteriores.

d) Cada batería formada por pilas o series de pilas en paralelo tendrán dispositivos para evitar una inversión de corriente.

Los aparatos de salvamento que se engloban dentro de la clase 9 pueden ser elementos de vehículos a motor, balsas salvavidas, dispositivos de flotación individuales y toboganes que se inflan automáticamente.

Las materias peligrosas para el medio ambiente incluyen, entre otras, las sustancias líquidas o sólidas que contaminen el medio acuático incluidos las soluciones y mezclas (como preparados y residuos).

Se llama “nivel trófico” a cada uno de los conjuntos de especies, o de organismos, de un ecosistema que ocupan un lugar equivalente en la cadena trófica.

“Cadena trófica” es el proceso de transferencia de energía alimentaria a través de una serie de organismos, en el que dada uno se alimenta del precedente y es alimento del siguiente.

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2) Clase 9

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En la clase 9 se incluyen materias y objetos que, a lo largo del transporte, supongan un peligro diferente de los que contemplan las restantes clases.

Pertenecen a esta clase las materias que, inhaladas en forma de polvo fino, pueden poner en riesgo la salud, comprenden el amianto (asbesto) y las mezclas que lo contengan. Está demostrada la relación entre el cáncer de pulmón y la exposición al amianto.

También se incluyen las materias y aparatos que, en caso de incendio, pueden formar dioxinas comprenden los difenilos policlorados (PCB), los terfenilos policlorados (PCT), los difenilos y terfenilos polihalogenados y las mezclas y aparatos que contienen estas materias. Estarán exentas las mezclas cuyo contenido de PCB o PCT no sobrepase los 50 mg/kg.

Las materias que desprenden vapores inflamables comprenden los polímeros que contengan líquidos inflamables y que tengan un punto de inflamación que no sobrepase los 55 ºC.

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3) Materias peligrosas para el medio ambiente (medio acuático)

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Para evaluar la toxicidad de especies marinas y de agua dulce es conveniente seguir las Directrices de la OCDE para el ensayo de productos químicos, aunque siempre existen ensayos equivalentes regulados a nivel nacional e internacional.

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Acrónimos de la clase 9

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Es importante conocer el significados de los acrónimos utilizados en este apartado para materias peligrosas para el medio ambiente (acuático):

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Velocidad de degradación en el medio ambiente

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Para que las sustancias se consideren rápidamente degradables se debe cumplir que:

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4) Categorías y clasificación de las sustancias de la clase 9

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El peligro intrínseco para los organismos acuáticos viene representado por la toxicidad tanto aguda como crónica o a largo plazo de una sustancia, cuya importancia está determinada en los distintos regímenes reguladores vigentes. Cabe distinguir entre el peligro agudo y el crónico y, por consiguiente, las clases de peligro se definen para ambas propiedades con una gradación en el nivel de peligro identificado. Está claro que el peligro correspondiente a la categoría de toxicidad Crónica 1 es mayor que el de la categoría de toxicidad Crónica 2. Puesto que el peligro agudo y crónico constituyen tipos distintos, no son comparables por su gravedad relativa.

Tabla 1. Categorías para las materias peligrosas para en medio ambiente acuático

(1) Los organismos como peces, crustáceos y algas son especies representativas  que abarcan todos los niveles tróficos y taxones.

(2) Para clasificar sustancias en las categorías Aguda 1 y/o Crónica 1, es necesario indicar el factor M adecuado para aplicar el método sumatorio (ver apartado Categoría Aguda 1 y Crónica 1 y 2).

(3) Cuando la toxicidad para las algas CEr50 [=CE50 (tasa de crecimiento)] sea más de 100 veces inferior a la de la especie más próxima y se haga una clasificación únicamente en ese efecto, convendrá verificar si esa toxicidad es representativa de la toxicidad para plantas acuáticas. Si se ha demostrado que esto no ocurre, deberá tenerse en cuenta la opinión de los expertos para decidir si se clasifica o no la sustancia.

¿CEr50 algas < 100xCEr50 especie más próxima?

La clasificación se basará en la CEr50, aunque se tomará la CE50 más baja posible si no se ha especificado las condiciones de determinación de la CEr50 o no se han registrado datos.

(4) La ausencia de degradabilidad rápida se basa en una prueba que demuestre esto o en que no se produzca una degradación fácil. Cuando no existan datos útiles sobre degradabilidad se entenderá que la sustancia no es rápidamente degradable.

(5)

a) Potencial de bioacumulación basado en un FBC (factor de bioconcentración) ≥ 500 obtenido de forma experimental; o

b) log Kow ≥ 4 siempre que este indicador sea un descriptor adecuado del potencial de bioacumulación de la sustancia.

- Los valores medidos en log Kow prevalecen sobre los valores estimados; y los valores medidos del FBC prevalecen sobre los de log Kow.

(6) Peligro a largo plazo:

Las categorías para las materias peligrosas (a largo plazo) para el medio ambiente acuático se pueden evaluar siguiendo los pasos indicados en la siguiente tabla:

Tabla 2. Categorías de clasificación de materias peligrosas para el medio ambiente acuático

(1) Rango de toxicidad aguda en C(E)L50 en mg/l para peces, crustáceos y/o algas u otras plantas acuáticas. Si no se dispone de datos experimentales se puede estimar la relación cuantitativa estructura-actividad (QSAR), siguiendo las recomendaciones del SGA, capítulo 4.1, párrafo 4.1.2.13, anexo 9. Esta relación estructura-actividad están validadas para la toxicidad acuática y el log Kow.

(2) Las sustancias se clasifican en las diversas categorías crónicas, a menos que se disponga de datos adecuados sobre la toxicidad crónica para los tres niveles tróficos por encima de la solubilidad del agua o de 1 mg/l. Estos datos pueden ser:

a) “adecuados”  si proporcionan una cobertura suficiente;

b) también pueden ser datos “estimados”, por ejemplo la QSAR;

c) por último, podemos tener en cuenta, para los casos más claros, la opinión de los expertos.

(3) Rango de toxicidad crónica basado en los valores CSEO (NOEC) o en los valores equivalentes de la CE, en mg/l para peces o crustáceos u otras medidas reconocidas de toxicidad crónica.

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5) Categorías y criterios de clasificación de las mezclas

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Los componentes relevantes de una mezcla son:

a) para los componentes clasificados en las categorías Aguda y/o Crónica 1, los que tienen una concentración ≥ 0,1% (en masa);

b) para el resto de los componentes, los que tienen una concentración ≥ 1%; o

c) puede ser que un componente tenga una concentración < 0,1%, pero, debido a su toxicidad para el medio ambiente acuático, se tome como relevante.

La clasificación de los peligros para el medio ambiente se hace de modo secuencial y teniendo en cuenta la información que tengamos sobre la mezcla y cada uno de sus componentes.

La clasificación se establece haciendo:

a) una clasificación basada en las mezclas sometidas a ensayo;

b) una clasificación basada en los principios de extrapolación;

c) el método de la “suma de los componentes clasificados” y/o clasificación de una “fórmula de adición”.

Tabla 3. Enfoque secuencial para clasificar mezclas en función de los peligros agudos y a largo plazo en el medio ambiente acuático

Los ensayos de degradabilidad y la bioacumulación no se utilizan para las mezclas. Sólo son útiles para las sustancias individuales.

Tabla 4. Clasificación de mezclas cuando se dispone de datos sobre la toxicidad de la mezcla

Tabla 5. Clasificación de las mezclas cuando no se dispone de datos sobre la toxicidad de la mezcla: Principios de extrapolación

Tabla 6. Clasificación de mezclas cuando se dispone de datos de toxicidad sobre todos los componentes o sólo sobre algunos de ellos

Tabla 7. Método sumatorio

(*)

Tabla 8. Clasificación de una mezcla en función de los peligros agudos que presenta, mediante la suma de las concentraciones de los componentes clasificados

Tabla 9. Clasificación de una mezcla en función de sus peligros a largo plazo, mediante la suma de las concentraciones de los componentes clasificados

Tabla 10. Factores de multiplicación para componentes altamente tóxicos de mezclas

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Clasificación de mezclas con componentes para los que no se dispone de ninguna información aprovechable.

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Cuando no existen datos sobre el peligro agudo y/o crónico de uno o varios componentes relevantes, la mezcla no puede clasificarse y se asigna con la mención adicional:

“x % de la mezcla está constituida por uno o varios componentes de peligro desconocido para el medio acuático”

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6) Europa. Materias o mezclas clasificadas como materias peligrosas para el medio ambiente (medio acuático) sobre el Reglamento (CE) Nº 1272/2008

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Esta clasificación se realiza en base al Reglamento (CE) Nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de Diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (Diario Oficial de la Unión Europea Nº Unión L 353 de 30 de diciembre de 2008)

Si los datos para clasificar una materia o mezcla como peligrosa para el medio ambiente no están disponibles, una materia o mezcla se clasificará como peligrosa para el medio ambiente, si:

a) tiene que ser asignada a una o varias categorías Acuática Aguda 1, Acuática Crónica 1 o Acuática Crónica 2 en base al Reglamento (CE) Nº 127272008;

b) tiene que ser asignada a las frases de riesgo R50, R50/53 o R51/53, en base a las Directivas 67/548/CEE del Consejo de 27 de junio de 1967 ó 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999.

Una materia puede que no sea clasificada como peligrosa para el medio ambiente (acuático) si no tiene asignada una frase de riesgo o una categoría en base al Reglamento y a las Directivas.

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7) Materias N.E.P.

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Las materias o mezclas no clasificadas en otras partes de los distintos Acuerdos, se clasificarán como

Nº ONU 3077 SUSTANCIA SÓLIDA PELIGROSA PARA EL MEDIO AMBIENTE, N.E.P.; o

Nº ONU 3082 SUSTANCIA LÍQUIDA PELIGROSA PARA EL MEDIO AMBIENTE, N.E.P.

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8) Subdivisiones de la clase 9

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Las materias de la clase 9 se subdividen como sigue:

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9) Microorganismos u organismos modificados genéticamente

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Los microorganismos modificados genéticamente (MOGM) y los organismos genéticamente modificados (OGM) son microorganismos y organismos en los que el material genético se ha alterado deliberadamente de una forma no natural.

Se asignan a la clase 9 (UN 3245) si no se engloban dentro de los tóxicos o los infecciosos, aunque podrían modificar a otros organismos de forma no natural.

Los MOMG y los OGM que son infecciosos pertenecen a la clase 6.2:

UN 2814

UN 2900

UN 3373

Los animales vivos no se utilizarán para transportar los MOGM, salvo que no exista otra forma y así lo estimen las autoridades competentes.

En Europa pueden darse acuerdos particulares para transportar los MOGM y los OGM (Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo).

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10) Materias transportadas a elevada temperatura

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Son aquellas transportadas a más de 100 ºC, en estado líquido y, si tienen punto de inflamación, a una temperatura inferior a su punto de inflamación.

También pueden ser sólidos entregados al transporte a más de 240 ºC.

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11) Otras materias

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Las siguientes materias no pueden clasificarse en otras clases por sus características y se engloban en la clase 9:

- Compuesto de amoniaco sólido con un punto de inflamación inferior a 60 ºC.

- Ditionito de escaso riesgo.

- Líquido altamente volátil.

- Materia que desprende vapores nocivos.

- Materias que contienen alérgenos.

- Estuches de química y maletines de primeros auxilios.

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12) Clasificación

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Se clasifican en los grupos de embalaje II y III.

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13) Materias y objetos no admitidos al transporte

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Las siguientes materias no están admitidas al transporte:

a) Pilas de litio que no cumplan las condiciones recogidas en las disposiciones especiales 188, 230 ó 636 del ADR, ADN y RID.

b) Recipientes de contención vacíos sin limpiar para aparatos tañes como transformadores, condensadores o aparatos hidráulicos que contengan materias asignadas a los números:

UN 2315

UN 3151

UN 3152

UN 3432

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14) Ejemplos de materias de la clase 9

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